Programa de apoyo al empleo formal – PAEF

Programa de apoyo al empleo formal – PAEF

Dando alcance a las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional a través de Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), el cual busca proteger el empleo formal, a través de un subsidio al pago de las nóminas de las empresas cuyos ingresos se han reducido en esta coyuntura. Nos permitimos compartir lineamientos básicos que serán de gran ayuda al realizar su postulación. 

  1. Personas Jurídicas
  2. Personas Naturales
  3. Consorcio y Uniones temporales
  4. Entidades sin ánimo de lucro que estén obligadas a presentar declaración de renta o en su defecto declaración de ingresos y patrimonio, así como información exógena en medios magnéticos por el año gravable 2019

El Subsidio creado por el Gobierno Nacional busca dar a los empleadores un aporte hasta del 40% del valor del salario mínimo legal mensual vigente ($351.000) por cada empleado, que podrá solicitar por una sola vez mensualmente durante los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2020.

  1. Que hayan sido constituidos antes del 1 de enero del 2020, Para personas naturales se tomará como referencia la inscripción en el registro mercantil antes de esta fecha
  2. Cuenten con la inscripción en el registro mercantil; en todo caso, esta inscripción deberá haber sido realizada o renovada por lo menos en el año 2019, Este requisito no se requiere para las entidades sin ánimo de lucro. En este caso se debe de anexar el Registro Único Mercantil
  3. Certificar una disminución del 20% o más en sus ingresos:
    • Comparar los ingresos del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte con los ingresos del mismo mes del año 2019
    • Comparar los ingresos del mes inmediatamente anterior al de la solicitud del aporte con el promedio del ingreso de enero y febrero de 2020
  4. No hayan recibido el aporte del que trata el siguiente decreto en tres ocasiones
  5. No hayan estado obligados a restituir el aporte del programa
  6. Cuenten con un producto de deposito activo

  1. Personas naturales que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:
    • Tengan menos de (3) tres empleados reportados en la planilla integrada Pila correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero del 2020 a cargo de dicha persona natural.
    • Sean personas Expuestas Políticamente (PEP) o sean conyugues, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de personas expuestas políticamente.
  2. Entidades cuya participación de la Nación y/o sus entidades descentralizadas sea mayor a 50% de su capital
  3. Los consorcios o uniones temporales no deben de cumplir con el requisito establecido en el numeral dos (Cuenten con la inscripción en el registro mercantil; en todo caso, esta inscripción deberá haber sido realizada o renovada por lo menos en el año 2019), en su lugar deben de aportar copia del Registro único tributario.
  4.  Las personas naturales o jurídicas que conformen consorcios y uniones temporales con los trabajadores que se vayan a tener en cuenta en la postulación de dicho consorcio o unión temporal. De igual manera, los consorcios y uniones temporales no podrán postularse al Programa con los trabajadores que se vayan a tener en cuenta en la postulación de las personas naturales o jurídicas que conformen dichos consorcios y uniones temporales.

  1. Formulario de postulación al Programa de Apoyo al Empleo Formal -PAEF, debidamente diligenciado por el Representante legal, Apoderado del consorcio o unión temporal, o persona natural empleadora. Descargar formulario de postulación al final del comunicado
  2. Certificación cumplimiento de requisitos, firmada por el representante legal o persona natural empleadora y el revisor o contador público en los casos en los que la empresa no esté obligada a tener revisor fiscal, en la se certifique:
  • La disminución de los ingresos
  • Que los empleados sobre los cuales recibirá el aporte efectivamente recibieron el salario correspondiente al mes inmediatamente anterior.

Descargar certificación cumplimiento de requisitos al final del comunicado

  1. Certificado y existencia de representación legal actualizado (cámara de comercio) para personas jurídicas y naturales, si es organización sin ánimo de lucro aporte Rut.
  2. Copia Planilla PILA último mes

La postulación no implica aprobación, Cooptenjo gestionará tu solicitud con la documentación allegada, posterior La Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, UGPP, será quien realice la aprobación o negación del beneficio.

Postulación de junio: desde el 01 al 17 de junio 2020 

Postulación de julio: desde el 01 al 16 de julio 2020

Postulación de agosto: desde 06 al 18 de agosto 2020

La postulación no implica el derecho a recibir el aporte estatal del PAEF. Cada postulación está sujeta al análisis que realice la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).

¿Como determinará el número de empleados la UGPP, para el cálculo del aporte estatal?

El número de empleados corresponde a los cotizantes reportados en la planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) correspondiente al periodo de cotización del mes inmediatamente anterior al de la postulación a cargo de dicho beneficiario, al respecto se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:

  1. Las cotizaciones cuyo ingreso base de cotizaciones sea, por lo menos de un SMMLV
  2. Las cotizaciones para quienes se haya cotizado el mes completo
  3. Las cotizaciones que aparezcan afiliados en los diferentes subsistemas que le apliquen como empleados de la empresa que solicita el subsidio.
  4. Los trabajadores a los cuales no se les haya aplicado la novedad de suspensión temporal del contrato de trabajo o licencia no remunerada
  5. Los trabajadores reportados en la Planilla Integral de Liquidación reportados en la Planilla Integrada de la liquidación de Aportes (PILA), correspondiente al mes inmediatamente anterior al de postulación, correspondan, como mínimo, en un 80% a los trabajadores reportados en la PILA, correspondiente al periodo de cotización del mes de febrero de 2020 a cargo de dicho beneficiario.

Se entenderá por empleado los trabajadores dependientes por los cuales el beneficiario haya cotizado el mes completo al sistema general de seguridad social en la PILA, con un ingreso base de cotización de al menos 1SMMLV

Es necesario que cada mes que se requiera el subsidio, se realice la solicitud siguiendo el proceso descriptivo a continuación y con la documentación requerida: 

 

 

Descargar

  1. Formulario de postulación boton naranja
  2. Certificación cumplimiento de requisitos boton naranja

Aquí puedes descargar la normatividad aplicable al PAEF

  1. Decreto 677 
  2. Resolución 1129

La radicación de la totalidad de los documentos debe realizarse en cualquiera de nuestras sucursales Cooptenjo, las cuales puedes consultar boton verde 


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Fecha de publicación 28/05/2020
Última modificación 04/08/2020